Seguros

Seguros de personas. Ramos comprendidos. Características principales. Función socioeconómica. Distintos planes y modalidades de contratación.

Los ramos comprendidos en los seguros de personas son básicamente seguros de vida, de retiro, de accidentes personales y por extensión de salud. Pese a haber distintas doctrinas, su naturaleza no es patrimonial, sino de capitalización, de ahorro y previsión. Es un contrato de alta previsión, superior al ahorro porque es garantizado y está basado en la mutualidad.

Función social: su función es obvia dado que permite solventar los inconvenientes económicos que derivan de la desaparición física de quien era hasta entonces sostén del hogar. Además permite la detección precoz de enfermedades.

Función económica: posibilita el desarrollo del crédito (seguro de vida de deudores), es fuente de trabajo para quienes se dediquen a esta actividad (productores asesores, entidades aseguradoras, médicos, laboratorios de análisis clínicos, etc.). Contribuye a la formación del producto bruto interno y por lo tanto del producto bruto nacional.

Victoria Ruiz-Schulze

victoria[arroba]macrosuma.com.ar

Cobertura

Este seguro fue diseñado para cubrir la pérdida patrimonial como consecuencia de daños causados a las plantaciones, particularmente por :

- Incendio o rayo,

- Vientos fuertes,

- Granizo,

- Exceso de lluvia,

- Exceso de humedad,

- Inundación terremoto o y

- Maremoto.

Este tipo de seguro obliga al asegurado a participar en el monto de la pérdida en un porcentaje según el tamaño de las plantaciones. En algunas aseguradoras se puede incluir como adicional el lucro cesante.

Seguro de Infidelidad y Riesgos Financieros:

Riesgos

En el giro normal de los negocios los dineros y documentos valores están expuestos a riesgos fraudulentos, o deshonestos de los empleados, pérdidas por destrucción, sustracción o desaparición durante su manejo y transporte, pérdida por dinero falsificado o documentos falsificados y adulterados, siendo estos riesgos el objeto del seguro de infidelidad y riesgos financieros.

Coberturas

Las coberturas básicas están definidas de la siguiente forma:

* Actos fraudulentos o deshonestos de los empleados.

Ampara la pérdida que sufra el asegurado como consecuencia de uno o más actos dolosos cometidos por cualquier empleado en ejercicio de sus funciones ya fuera como autor o copartícipe de los mencionados actos, mientras el empleado se encuentre a su servicio y dentro de los primeros treinta días siguientes al abandono del cargo.

* Pérdida dentro de los predios.

Cubre daños y pérdidas de los bienes asegurados ocasionados por su destrucción, sustracción o desaparición, ocurridos dentro de los predios del asegurado, o dentro de los predios de un banco, corporación de ahorro o vivienda o cualquier otra entidad financiera.

Daños o pérdidas patrimoniales sufridas por cualquier empleado del asegurado por hurto simple o calificado de dinero o cheques provenientes del pago de nómina dentro del período del trabajo y dentro de los predios del asegurado.

* Pérdida por fuera de los predios.

Cubre los daños o pérdidas de los bienes asegurados, ocasionados por su destrucción, sustracción o desaparición, por fuera de los predios del asegurado, mientras estén siendo transportados o estén en poder de cualquier compañía, que utilice vehículos blindados o de cualquier mensajero a quien se haya encomendado.

* Pérdidas por dinero falsificado.

Cubre las pérdidas ocurridas por haber aceptado el asegurado, en el curso normal de sus negocios dinero y divisas falsificadas.

* Pérdidas por falsificación de documentos.

Cubre la falsificación, alteración u ocultamiento de títulos valores en general, falsificación o adulteración de la firma del asegurado o de sus representantes, pérdidas por haber actuado o procedido con base en instrucciones o avisos telegráficos, de télex de cable o teletipo que aparenten ser enviados por un cliente, proveedor, agente, representante, mandatario, personal de la casa matriz, que ejerza funciones de control y dirección, pero que en realidad han sido enviados por una persona distinta.

Coberturas adicionales:

* Uso y control de predios adicionales.

En caso de que a través de sus funciones, compras, o cualesquiera otros negocios el asegurado llegare a tener el uso y control de predios adicionales o de que algunas personas llegaren a ser, en el mismo evento, empleados del asegurado, la cobertura se extiende en relación con tales predios y empleados.

* Pérdidas causadas por empleados no identificados.

Cuando no es posible para el asegurado precisar nombre o sindicar concretamente al empleado o empleados causantes de la misma, la aseguradora indemnizará al aseguradora siempre y cuando el acto deshonesto se haya tipificado como delito y se acrediten pruebas razonables del hecho.

Exclusiones

* No se cubre las pérdidas causadas por cualquier acto doloso del asegurado o de sus socios, como consecuencia o con ocasión del ejercicio de las funciones que le son propias en representación de las personas jurídicas o actuando a través de la asamblea de accionistas, la junta de socios o la junta.

* Las pérdidas que dependen exclusivamente en cuanto a su existencia y cuantía, de cómputos de inventario o de cómputos de pérdidas y ganancias .

* Perjuicios causados por la pérdida de manuscritos, libros de contabilidad o registros incluyendo el valor de reconstrucción de tales libros y registros.

* Pérdidas debidas a errores u omisiones contables o aritméticas, lucro cesante, responsabilidad civil.

PATRICIA LOPEZ GONZALEZ

ABOGADA

musiloca[arroba]hotmail.com

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